CAPÍTULO 1
El presente reglamento tiene por objetivo regular el ingreso, permanencia, egreso, titulación y graduación de los alumnos de nivel superior.
Artículo 1: Para ingresar a la licenciatura el alumno debe contar con los siguientes documentos:
1.- Certificado de preparatoria, bachillerato o equivalente,
2.- CURP, 3.- Acta de nacimiento,
4.- Comprobante de domicilio, todos en original para cotejo y dos copias tamaño carta y
5.- Llenar ficha de inscripción.
Artículo 2: Haber tomado el curso propedéutico.
Artículo 3: Pagar los derechos de inscripción.
Artículo 4: El primer día de clases se paga la colegiatura mensual.
Artículo 5: Pagar los derechos de la credencial escolar.
Artículo 6: Entrar puntualmente y permanecer durante toda la clase (la tolerancia será establecida por el profesor).
Artículo 7: Respeto mutuo entre profesores, alumnos y personal administrativo de la escuela.
Artículo 8: Utilizar un lenguaje y comportamiento apropiado, dentro y alrededor de la escuela entre profesores, alumnos y personal administrativo.
Artículo 9: El plazo máximo para cursar el plan de estudios, a partir de la primera inscripción será: la duración total del plan escolarizado vigente.
Artículo 10: En caso de obtener una calificación menor a seis puntos por asignatura se considerará como asignatura no acreditada y extraordinario.
DE LOS DERECHOS Y LAS OBLIGACIONES
Artículo 11: Derecho a la tolerancia, no discriminación, amabilidad, respeto, igualdad, respeto a la libertad de orientación sexual y libertad de expresión (gustos de vestimenta, accesorios y colores).
Artículo 12: Derecho a participar en adquisición de una beca.
Artículo 13: Derecho a darse de baja por cuestiones personales, laborales o económicas.
Artículo 14: Derecho a préstamo de libros de biblioteca con credencial de elector.
Artículo 15: Al realizar tu pago deberán entregarte un recibo, de no ser así avisar de inmediato a dirección.
Artículo 16: Presentarse aseado.
Artículo 17: Asistencia y participación en clases, así como justificación de inasistencias máximo al 5%.
Artículo 18: No consumir alimentos y bebidas dentro del salón de clases o laboratorio.
Artículo 19: No se permite introducir, consumir o comercializar dentro de la escuela bebidas alcohólicas, cigarro o cualquier tipo de sustancia o droga a profesores, alumnos y personal administrativo.
Artículo 20: No se permite la entrada a los salones de clase a personas ajenas.
Artículo 21: No se permite traer mascotas.
Artículo 22: Utilizar celular, tableta o computadora portátil en el salón de clases solo con fines educativos, a profesores y alumnos.
Artículo 23: No se permite el uso o distribución de pornografía en medios electrónicos, ni de ningún tipo.
Artículo 24: No se permiten las relaciones de pareja entre profesores(a) y alumnos(a).
Artículo 25: Presentarse con vestimenta formal en caso de exposiciones, presentación de proyectos y practicas profesionales.
Artículo 26: Al alumno, que por razones personales, económicas o laborales le convenga darse de baja temporal o definitiva podrá hacerlo siempre y cuando, page los derechos de la baja y haya terminado el cuatrimestre inmediato anterior, de acuerdo al calendario escolar.
Artículo 27: Llenar formato de baja, firmarlo y entregarlo a dirección escolar.
Artículo 28: Los alumnos serán dados de baja de la licenciatura, al incurrir en cualquiera de las siguientes acciones:
Artículo 29: Para la solicitud de reingreso los alumnos deben cumplir con lo siguiente:
Artículo 30: La escuela trabaja con la siguiente modalidad de becas:
Artículo 31. La evaluación y los exámenes tienen por objetivo que el profesor, de manera objetiva e imparcial, disponga de los elementos suficientes para evaluar la eficiencia de la enseñanza y el aprendizaje. El aprovechamiento o la preparación adquirida en la institución educativa, se apreciará de la siguiente manera:
Artículo 32: El examen extraordinario será de manera escrita, con un valor del 100% de la calificación.
Artículo 33: Examen de título de insuficiencia será de manera escrita y tendrá un valor de 50% y el 50% restante corresponderá a la elaboración de presentación de proyecto académico.
Artículo 34: La movilidad estudiantil se llevará a cabo en instituciones académicas que cuenten con la licenciatura a fin. Específicamente en aquellas con las que el Colegio Prusia forme acuerdos para llevar a cabo esta acción. Los alumnos que tendrán acceso a este beneficio serán quienes se destaquen por su desempeño académico y que cuenten con un promedio mínimo de 9.5.
Artículo 35: El servicio social será de carácter temporal, obligatorio y gratuito, que realizará el alumno a partir del sexto cuatrimestre hasta cumplir con un total de 480 horas, en un mínimo de seis meses y en un máximo de un año.
Artículo 36: Las estancias profesionales son una actividad inductiva a la práctica profesional con la aplicación de conocimientos propios de la licenciatura de carácter temporal, obligatoria y gratuito, que podrá realizar el alumno durante el noveno cuatrimestre, mismas que deberán cumplirse en un plazo no menor de cuatro meses, cubriendo un total de 120 horas.
Artículo 37: Son formas de titulación de la licenciatura en pedagogía las siguientes:
Artículo 38: Los requisitos para solicitar el certificado parcial o total y el titulo serán los siguientes:
Artículo 39: La atención a quejas en torno a los servicios educativos de manera interna, se llevarán a cabo por parte de la dirección escolar, para su seguimiento y atención.
Artículo 40: Para seguimiento de quejas en torno a los servicios educativos que brinda la escuela, se deberá comunicar por medio electrónico redactando su inconformidad al siguiente correo electrónico: [email protected], autentificando su identidad de ser miembro activo de la escuela.
Artículo 41: Será motivo de expulsión escolar:
Artículo 42: Infringir los términos del artículo anterior será casusa de remisión a las autoridades correspondientes.
Artículo 43: La vigencia del reglamento escolar estará determinado por la evaluación curricular anual del plan de estudios de la presente licenciatura.
La ignorancia del presente Reglamento, no justifica su incumplimiento.
ATENTAMENTE